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‘Truena’ a tres bancos Condusef

Revisan que cumplan con requisitos de la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Productos Financieros

  • Por: AGENCIA REFORMA
  • 06 FEBRERO 2016 - 09:27 a.m..
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SUPERVISADO. Uno de los tres bancos reprobados, según la Condusef, en la evaluación y supervisión de transparencia de la información sobre los costos de tarjetas de crédito.

Ciudad de México

BBVA Bancomer, Santander e Inbursa reprobaron en la evaluación y supervisión de transparencia de la información sobre los costos de tarjetas de crédito de 2015, informó la Comisión Nacional para la Protección y Defensa de los Usuarios de Servicios Financieros (Condusef).

Estos tres bancos reprobaron la revisión con notas de 4.2, 4.3 y 1.7, respectivamente, luego de que en 2014 fueron calificados con 8.9, 8.8 y 8.2 cada uno.

El promedio de las calificaciones que obtuvieron las 14 instituciones financieras evaluadas fue de 7.3 el año pasado, mientras que en el año previo obtuvieron 7.9.

La Condusef revisa que la información y formatos que las instituciones financieras registran en el organismo --como contratos, carátulas, estados de cuenta, folleto informativo, publicidad y página web-- cumplan con los requisitos que establece la Ley para la Transparencia y Ordenamiento de los Productos Financieros.

En tanto, la supervisión se realiza directamente con los documentos que las entidades financieras entregan a sus usuarios.

Las instituciones aprobadas y que mejoraron su calificación con respecto a la evaluación de 2014 fueron Invex (9.5), BanCoppel, Consubanco y Banorte IXE (9.3), Scotiabank (9) y American Express (8.8).

Condusef detalló que las entidades que registraron una calificación aprobatoria en 2014 pero que disminuyeron en 2015 fueron Afirme, que pasó de 9.1 a 7.9; Banregio, de 9.0 a 6.6; BanBajío, de 7.6 a 6.4, y Banamex, que bajó de 6.6 a 6.1.

Respecto a las cláusulas abusivas (aquellas que causan el detrimento del patrimonio de los usuarios de productos financieros) Condusef detectó una de Banorte-IXE, donde establece como causal de vencimiento anticipado el incumplimiento de adeudos de otros créditos.

El organismo ordenará al banco que elimine esa cláusula.

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