Mi Reynosa

Desairan voto anticipado

Aunque el INE implementará por primera vez el voto anticipado, en el distrito 07 de Reynosa nadie se registró para participar

  • Por: NUBIA RIVERA JUÁREZ
  • 22 FEBRERO 2024 - .
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En el caso del distrito 07 del INE Reynosa, no hubo personas que se registraran para el voto anticipado dijo Graciela Escobar García, vocal ejecutivo del INE distrito 07.

Autoridades del Instituto Nacional Electoral implementará el voto anticipado en todo el país; en Reynosa en el distrito 07 no se registraron para participar en esta dinámica.

 Graciela Escobar García, vocal ejecutivo del INE distrito 07 comentó  que por primera vez, el Instituto Nacional Electoral implementará el Voto Anticipado en todos los distritos electorales del país en este proceso electoral, para que la ciudadanía que esté físicamente incapacitada para asistir a un Módulo de Atención Ciudadana, pueda ejercer su derecho al sufragio desde su vivienda, en días previos a la jornada electoral del 2 de junio de este 2024.

 El objetivo del Voto Anticipado es garantizar el derecho a votar de la ciudadanía que, por alguna cuestión de salud o discapacidad, está impedida de acudir a la casilla el día de la Jornada Electoral, y se realizará en modalidad tipo postal en domicilio, a través del personal de las Juntas Distritales Ejecutivas.

 "El Voto Anticipado es uno de los múltiples esfuerzos que el INE realiza para facilitar y hacer más accesible el voto para la ciudadanía y mediante este tipo de proyectos, refrenda su compromiso con toda la ciudadanía y es una acción más de inclusión para quienes pudieran tener un impedimento físico para ejercer su sufragio", dijo.

En esta ocasión, la Jornada del Voto anticipado se llevará a cabo del 6 al 20 de mayo de 2024, y se estima que 10 mil 799 personas en todo el país podrían participar en esta modalidad, pero en el caso del distrito 07 del INE Reynosa, no hubo personas que se registraron para el voto anticipado.

 "Cabe hacer mención que para 07 distrito, no se tuvieron ciudadanos en este supuesto", expresó.

 Recalcó que únicamente podrán votar a través de esta modalidad, las personas que hayan tramitado su credencial para votar bajo el supuesto de lo establecido en el Artículo 141 de la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, es decir personas con alguna limitación o incapacidad física que solicitaron la credencialización en su domicilio, y que haga la solicitud para el proceso electoral.

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