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Suspenden acción penal a líder campesino

Encabezó bloqueos carreteros de productores agrícolas que exigían al gobierno federal la liberación de apoyos

  • Por: ENRIQUE MANILLA
  • 16 DICIEMBRE 2016 - 09:50 a.m..
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BLOQUEO. El comisariado del ejido Juan Antonio, encabezó 6 bloqueos carreteros a manera de presionar al gobierno federal y éste liberará rápidamente los apoyos a la comercialización agropecuaria. (Foto: Enrique Manilla)

San Fernando, Tam.

El Juez de distrito especializado en sistema penal acusatorio, en funciones del juez de control del centro de justicia penal federal en el estado de Tamaulipas, con sede en Reynosa, licenciado Adolfo Aldrete Vargas, determinó suspender por medio año acción penal en contra del dirigente campesino Rogelio Ortiz Moreno.

Lo anterior se dictaminó después de haber sostenido el líder campesino un careo con agentes del ministerio público federal, quienes lo cuestionaron en relación a los bloqueos carreteros en los que participó con más de un centenar de productores agrícolas que exigían al gobierno federal la liberación de los apoyos a la comercialización agropecuaria.

LÍDER. Rogelio Ortiz Moreno. (Foto: Enrique Manilla)

  Las pruebas presentadas por los fiscales federales fueron desechadas por el juez de distrito federal, quien procedió a dictaminar la suspensión condicional del proceso, por el plazo de seis meses, imponiéndosele entre otras condiciones, la prevista en la fracción V1 del artículo 195 del Código Nacional de Procedimientos Penales, consistente en prestar servicio social a favor del Estado, en la Presidencia Municipal de San Fernando Tamaulipas.

El servicio social deberán de realizarlo el comisariado del ejido Juan Antonio, el primer día hábil de cada mes, durante el lapso de cuatro horas, iniciando estas actividades en el mes de enero del 2017.

Lo anterior quedó establecido dentro del oficio número 1773, procedente de la causa penal 77/ 2016, documento en el que apercibe al Presidente Municipal de San Fernando Tamaulipas que debe de informar al órgano jurisdiccional la vigilancia del servicio social que realice el imputado.



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