Tienen empresas hasta el 30 para pago de utilidades

Mientras que los patrones constituidos como personas físicas tienen hasta el 29 de junio

Río Bravo, Tamps.- Trabajadores tanto de empresas como de patrones físicos, tienen derecho a la prestación denominada "utilidades", la cual está establecida como una garantía social.

En este sentido habló el titular de la Procuraduría Auxiliar del Trabajo (PAT), José Raymundo Camacho Segovia en entrevista para este medio, en donde dio los pormenores del pago de este derecho que es una conquista del movimiento obrero histórico.

La empresas conformadas como entidades morales tienen como límite este 30 de mayo para pagar a sus trabajadores esta prestación, mientras que los patrones constituidos como personas físicas, hasta el 29 de junio.

"Los trabajadores que alcanzan utilidades son lo que trabajaron por lo menos 60 días, las utilidades se pagan de acuerdo al cálculo hecho en base a los días laborados y el sueldo", explicó el funcionario.

Para información o asesoría, los interesados pueden acudir de lunes a viernes de 8:00 a 16:00 horas en calle Quintana Roo, altos con avenida Madero, zona Centro, arriba de la Oficina Fiscal.

Por otro lado, la utilidades están garantizadas por el artículo 123 de la Constitución, así como los artículos del 575 al 589 de la Ley Federal del Trabajo y son exigibles vía queja o demanda a partir del 31 de mayo en caso de empresas constituidas como personas morales y del 30 de junio, en caso de impago.