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¡La ‘libra’!

La intérprete de “Ángel” y “Boba Niña Nice”, Belinda, se reúne con autoridades en donde le informan que no será castigada con la expulsión del país

  • Por: REFORMA
  • 25 SEPTIEMBRE 2018 - .
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El Secretario de Gobernación, Alfonso Navarrete Prida, informó que no es aplicable a la cantante Belinda, el artículo 33 Constitucional.

Ciudad de México

Después de haber participado en un acto de campaña en las elecciones pasadas y hacerse acreedora a ser deportada del país se llega a un acuerdo.

El Secretario de Gobernación, Alfonso Navarrete Prida, informó que no es aplicable a la cantante Belinda, el artículo 33 Constitucional, que prohíbe a los extranjeros inmiscuirse en asuntos políticos del país y faculta al ejecutivo para su expulsión.

A través de su cuenta de Twitter, el funcionario señaló que recibió a la cantante, quien es de nacionalidad española, en su oficinas de Bucareli y, de manera personal, le informó de esta circunstancia.

“Este mediodía recibí en la @SEGOB_mx a la cantante y actriz @belindapop a quien le informé que para ella no es aplicable el Artículo 33 de la Constitución cuya finalidad atiende a otro tipo de conductas y circunstancias”, escribió.

El 19 de septiembre pasado, la sala regional especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación aprobó dar vista a la Segob para que analizara el caso de Belinda, quien, con calidad de extranjera en el país, participó en un acto de campaña en Morelos y repartió bienes a los ciudadanos en apoyo a candidatos de Morena.

“El artículo 33 de la Constitución, como principio dice: ‘Los extranjeros -yo diría ‘los y las’, pero bueno- no podrán de ninguna manera inmiscuirse en los asuntos políticos del país’. Es decir, es una prohibición tajante”, expuso la magistrada presidenta en funciones de la sala, Gabriela Villafuerte. 


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