Mi Reynosa

Sin castigo maltrato de animales

El reglamento vigente prohibe echar carga demás para el traslado animal y sobre todo impide la fatiga extrema

  • Por: NUBIA RIVERA JUÁREZ
  • 08 AGOSTO 2017 - .
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El conductor del carretón tiene que bajarse ante la pesada carga para el animal y nadie aplica sanciones.

El Reglamento para la Protección y Control de Animales Domésticos y de Granja, es letra muerta, ya que no se castiga ni se amonesta verbalmente a los dueños de animales.

Es común ver a los carretoneros llevar sobrecarga de desechos, mientras que los animales no pueden ni avanzar, por lo que hasta dos personas tienen que bajar y ayudar para sobrellevar la pesada carga para el caballo.

LA LEY DICE

En el articulo 13 de las obligaciones y prohibiciones,  en el inciso XI.- señala que el transporte de animales, deberá realizarse en contenedores adecuados de construcción sólida que resistan sin deformarse el peso de otras cajas, que cuenten con la ventilación y amplitud necesarias de acuerdo al tamaño y peso del animal, así como debe evitarse la fatiga extrema del animal y la carencia de bebida y alimento. 

En ningún caso, los contenedores serán arrojados; las operaciones de carga, descarga y traslado deberán hacerse evitando con su movimiento, cualquier daño que ponga en peligro la integridad física del animal;

La mayoría no se cumplen por parte de los dueños de los animales, además no se han aplicado ni hay sanciones, con todo y que en el articulo 58 del capitulo IV dice que se procederá a la amonestación verbal o escrita cuando las infracciones sean leves y se hubiera cometido por error, pero tratándose de infractores flagrantes se aplicará el Reglamento de Policía y Bando de Buen Gobierno.


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