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Excluyen a pacientes reglas de mariguana

Los lineamientos de la Cofepris tienden para favorecer a las farmacéuticas

  • Por: REFORMA
  • 05 NOVIEMBRE 2018 - .
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Los lineamientos, exponen que los establecimientos que deseen importar semillas, plantas de mariguana o medicamentos derivados de cannabis deberán contar con licencia sanitaria para estupefacientes o psicotrópicos.

CIUDAD DE MÉXICO

Los lineamientos de control sanitario de la cannabis, que la Cofepris presentará este lunes, establecen los mecanismos que las empresas deben seguir para sembrar, cultivar y cosechar la yerba para fines médicos, pero excluyen de estos beneficios a los pacientes

 El documento, que se presenta en sustitución del reglamento que debió publicarse hace 11 meses, indica que a los enfermos que requieran cannabis medicinal sólo se les otorgará un permiso sanitario para que importen los fármacos, tras solicitarlo a Cofepris y presentar su receta médica, como ya se hace actualmente.

Víctor Gutiérrez, coordinador de proyectos del programa de drogas de México Unido Contra la Delincuencia (MUCD), aseguró que esta disposición viola el derecho a la salud.

Recordó que el costo de los aceites a base de CBD es elevado y la mayoría de los pacientes no puede costearlo, por lo que era fundamental permitirles el autocultivo con fines terapéuticos.

“Hay personas que sufren todos los días por no tener acceso a cannabis medicinal. Podemos afirmar que estos lineamientos no están diseñados para proteger la salud de los pacientes”, sostuvo en entrevista.

Los lineamientos, exponen que los establecimientos que deseen importar semillas, plantas de mariguana o medicamentos derivados de cannabis deberán contar con licencia sanitaria para estupefacientes o psicotrópicos.

Estos productos deberán ingresar al País por la aduana que determine la autoridad sanitaria y el importador deberá solicitar un permiso y pagar los servicios de un agente aduanal y un verificador sanitario, quien constatará que las semillas, plantas o medicamentos correspondan con el permiso concedido. La presencia del verificador sanitario se solicitará a través de un formato que se dará a conocer en el Diario Oficial de la Federación. La Cofepris tendrá 14 días para resolver la solicitud.

“Un paciente con cáncer, por ejemplo, que quisiera importar materia prima o un fármaco no podría pagar un verificador sanitario y un agente aduanal. Eso es económicamente inviable para los pacientes”, reprochó Gutiérrez.

Quienes deseen cultivar con fines académicos deberán contar con un Protocolo de Investigación autorizado por Cofepris y registrarse en el Inventario Nacional de Investigación en Materia de Cannabis, que será creado para este fin. El abogado explicó que el costo de este requisito podría alcanzar los 300 mil pesos.

“Ninguna universidad pública podría acceder. Los académicos no pueden erogar ese dinero. En estos lineamientos se nota una tendencia muy explícita para favorecer a las farmacéuticas”, advirtió.

El documento aprueba, además, la fabricación, comercialización, exportación e importación de productos que contengan hasta uno por ciento de THC.

También permite productos con cáñamo, sin la sustancia psicoactiva de la mariguana, como suplementos alimenticios, bebidas alcohólicas y cosméticos. 


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