La fecha límite para que los contribuyentes obligados presenten su declaración anual es el 30 de abril, pero por ser este día domingo, el plazo se recorre al martes 2 de mayo, de acuerdo al artículo 12 del Código Fiscal de la Federación.
Fue Moises Adrián García Reyes, Sub-administrador del Servicio de Atención Tributaria (SAT) en Reynosa, quien recordó a los usuarios que tienen hasta esa fecha para realizar su declaración, por lo que hace la invitación a que acudan a las instalaciones a realizarla en cualquier de las modalidades disponibles.
Comentó que a partir de este año, al día siguiente de presentar la declaración se podrá consultar el estatus en el Buzón Tributario y, en su caso, ahí mismo depositar documentos que falten o ajustar la declaración.
“Abril es conocido como el mes de la declaración anual, pues en este lapso los contribuyentes dados de alta como personas físicas, deben cumplir con esta obligación y como en años anteriores, la devolución se realizará en cinco días hábiles, posteriores a la presentación de la declaración anual” declaró.
Hizo el señalamiento también de que una de las novedades es que este año, quienes reciben ingresos únicamente por salarios o salarios más intereses hasta por 20 mil pesos no están obligados a presentar la Declaración Anual, o pueden presentarla en cualquier momento del año.
Adicionalmente, refirió que el uso de la firma electrónica sólo será necesario para saldos a favor mayores a 50 mil pesos, de manera que si la devolución es menor, la declaración puede hacerse con contraseña, que se podrá generar o renovar por internet, vía telefónica o por SAT Móvil a partir de este mes en curso.
“Con estas facilidades, satisfacemos una demanda de la sociedad que es contar con mejores servicios, simplificando los pagos y disminuyendo los tiempos y los costos asociados a tributar” finalizó.